Este es un resumen de los aspectos legales generales que weetrust consideró de interés para nuestros clientes y usuarios.
El servicio de firma, la entrega y la administración de documentos por vía electrónica están reconocidos en la legislación aplicable a la contratación electrónica de México, por lo que los documentos firmados con los productos y servicios de weetrust son válidos y ejecutables en los tribunales.
El uso de firmas electrónicas es una práctica creciente en México por su seguridad y reconocimiento en varios requisitos regulatorios mexicanos e internacionales, tales como:
Código Civil Federal, artículo 1803
Establece que el consentimiento puede ser expresado por medios electrónicos.
Código de Comercio, artículos 89 y 93
Establece que se pueden utilizar actos de comercio o entrenamiento electrónico, óptico o cualquier otra tecnología.
Otorga total validez a los contratos electrónicos o mensajes de datos.
Ley de Firma Electrónica Avanzada
Regula el uso de firmas electrónicas y homologadas en efecto a las firmas.
Código Federal de Procedimiento Civil, artículo 210-A
Reconocido como prueba y firmado contratos firmados electrónicamente.
Ley para regular la tecnología de las instituciones financieras, artículo 56
Promueve el uso de firmas electrónicas y reconoce su validez.
Norma Oficial Mexicana NOM-151
Establece los requisitos a observar para la conservación del contenido de los contratos electrónicos.
Ley Federal de Procedimiento Procesal y Administrativo Artículo 46
Reconoce la validez de los documentos electrónicos y ser admitido como firma de pruebas.
Varios países en el mundo reconocen la validez de las firmas electrónicas (presente solo algunas de ellas)
La Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas de 1999 y la Ley de Firmas Electrónicas en el Comercio Mundial y Nacional de los Estados Unidos;
Directiva 1999/93 / CE de la UE sobre firma electrónica en la Unión Europea; Y
La Ley de Comunicaciones Electrónicas 2000 y el Reglamento de Firma Electrónica 2002 en el Reino Unido.
Los documentos firmados electrónicamente se reconocen como evidencia y son admisibles en el juicio. ya que no es posible repudiar una firma o documento por el mero hecho de estar en formato digital o electrónico porque varias reglas de procedimiento en México reconocen la validez de las firmas y los documentos electrónicos y obligan a los jueces y autoridades a reconocer las firmas y los documentos electrónicos como evidencia en Juicios y otros procedimientos.
Además, el Código de Comercio establece que todo lo relacionado con los documentos y contratos electrónicos debe interpretarse de acuerdo con los principios de neutralidad tecnológica, autonomía, compatibilidad internacional e incluso establece que cuando la ley requiere una forma escrita para los actos, acuerdos o contratos, este requisito Se ha cumplido cuando se realiza de forma digital o electrónica.
Aquí hay algunas ventajas de las firmas electrónicas frente a la firma manuscrita de acuerdo con un estudio realizado en el Centro de Investigación. Instituto Politécnico Nacional:
Se puede aplicar a documentos y transacciones electrónicas.
Firma autografa
NO
Firma Electrónica
SÍ
La autenticación puede ser automatizada
NO
SÍ
Pueden detectar alteraciones en el documento firmado
NO
SÍ
Reconocido por ley en México
SÍ
SÍ
Firma autógrafa
60%
60%
60%
80 % Segura
Firma electronica
0%
0%
0%
100% Segura
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Las personas pueden usar firmas electrónicas para cualquier documento a menos que la ley establezca requisitos especiales.
Los posibles casos de uso incluyen documentos tales como contratos para la prestación de servicios, empleo, acuerdos de confidencialidad, contratos de garantía, contratos de seguros, carta de responsabilidad, contratos contratados, contratos de compra, contratos de crédito o mutuos, acuerdos no competitivos, documentos, acuerdos de distribución, licencias de software, contratos de adhesión, arrendamientos, licencias de patentes y derechos de autor, entre otros beneficios para empleados;
Excepciones a los casos de uso. Para algunos tipos de documentos, las personas pueden estar sujetas al cumplimiento de requisitos adicionales de acuerdo con la ley aplicable en México como la formalización ante un notario público. Por lo tanto, en los actos de estado civil o los contratos que deben formalizarse ante un notario público (por ejemplo, la venta de bienes inmuebles), es aconsejable realizar un análisis más detallado antes de utilizar herramientas electrónicas, ya que aunque la ley aplicable no prohíbe el uso de la firma electrónica no es todavía los notarios de práctica general concluyen tales transacciones por medios electrónicos [1].
· La firma electrónica está reconocida en la legislación mexicana e internacional como un método válido y seguro para firmar documentos, por lo que puede presentarse como prueba en un juicio final.
· Es más seguro firmar con firma electrónica avanzada a una firma.
· El uso de la firma electrónica es una forma práctica, segura y eficiente de impulsar su negocio.
· La firma electrónica es una práctica útil, sostenible y ambientalmente responsable.
· La información contenida en este documento tiene fines informativos, por lo que no debe considerarse asesoramiento legal ni opinión legal, los usuarios de weetrust utilizan nuestros productos y servicios de acuerdo con los Términos y condiciones y la Política de privacidad que weetrust ofrece.
[una] Sin embargo, el Código de Comercio reconoce el derecho de los notarios públicos a formalizar documentos electrónicos y, en la práctica, este poder no ha sido totalmente explotado por notarios públicos.